HECHO RELEVANTE
Asunto: Información sobre negociación concursal y estado financiero de la Sociedad.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del
Mercado de Valores y disposiciones concordantes, ponemos en su conocimiento para su
puesta a disposición del público como hecho relevante el texto con el que Vértice
Trescientos sesenta grados S.A. (la Sociedad) contestó a requerimiento de la CNMV
actualizando los datos jurídicos en él contenidos al día de la fecha.
1. Detallen los motivos que han llevado a los administradores de la Sociedad a
presentar la solicitud de declaración de concurso voluntario de acreedores,
indicando si el estado de insolvencia es actual o si se prevé como inminente.
Vértice se encuentra en insolvencia actual, sin posibilidad para atender al pago
corriente de sus obligaciones, tanto algunas ya vencidas como otras de próximo
vencimiento, por no disponer a corto plazo de liquidez. El endeudamiento actual de la
sociedad es el que se detalla en la relación de acreedores presentada en la solicitud de
concurso; al comparar este documento con el Inventario de bienes y derechos
también aportado, se muestra con absoluta evidencia la dificultad de cumplir aquellas
obligaciones de pago, porque no se dispone de suficiente liquidez: existe, por tanto,
imposibilidad para atender a las obligaciones vencidas y de próximo vencimiento.
Puede verse la situación económico-financiera de la compañía en la contestación al
punto cuarto de este HR.
2. Describan el estado en que se encuentran las negociaciones con los diferentes
acreedores a la fecha de contestación del presente requerimiento, indicando, en
su caso, el número e importe de adhesiones recibidas o refinanciaciones
alcanzadas y el número e importe que son necesarios para la aceptación del
convenio o, en su caso, la salida de la situación concursal, así como los
principales aspectos de los acuerdos alcanzados: ampliación de plazos, quitas,
capitalización de deudas, daciones en pago, etc.
En este momento Vértice está en una fase inicial de la renegociación con sus
acreedores para alcanzar un Convenio. Antes de la presentación de la solicitud de
concurso se dedicaron más de tres meses a intentar llegar a acuerdos con los
acreedores públicos, los financieros y los proveedores. Aquel acuerdo se basaba
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esencialmente en refinanciación, aplazamiento y capitalización. Sin incluir quita
alguna.
La principal dificultad se encontró en la primera categoría, condicionando los
acreedores financieros el propio estudio de la oferta a la aceptación previa de los
acreedores públicos. De la misma forma, los proveedores acreedores, que se
mostraron proclives al acuerdo propuesto, veían depender la viabilidad del acuerdo
con la Hacienda Pública.
La solicitud del concurso supone un cambio importante tanto en las expectativas que
pueden tener acreedores y la propia Sociedad, cuanto en la propia capacidad de
negociación de determinados acreedores. De la misma forma la disciplina concursal
implicará el sometimiento a la par conditio creditorum y a que los créditos sufran un
proceso de clasificación.
En el día de hoy se nos ha notificado el Auto del Juzgado de lo Mercantil núm. 5 de los
de Madrid por el que se declara la situación legal de concurso de la Compañía por el
trámite ordinario. En dicho auto se nombra, por designación de la CNMV, como
Administrador Concursal a la mercantil: Account control IUS+AEQUITAS
Administradores Concursales SLP estando pendiente su aceptación. Este momento
inicial determinará la certidumbre necesaria para nuevamente plantear un proceso de
negociación en cuya oferta ahora mismo trabaja la Sociedad junto a sus asesores
externos.
3. Manifestación expresa de la Dirección de Vértice sobre su viabilidad futura,
debiendo describir las principales estimaciones realizadas, bases de
elaboración y el calendario tentativo del plan de viabilidad de la sociedad y su
grupo. Asimismo, se deberán desglosar las distintas alternativas consideradas
por los administradores de la sociedad, que permitan la continuidad de su
actividad y la de su grupo en el corto y medio plazo.
http://www.cnmv.es/Portal/HR/verDoc.axd?t={cfd4bdc2-4371-46b3-894c-6348b6d66c72}