Según tus circunstancias, si tienes bases positivas de rentas de trabajo, actividades económicas, alquileres, etc.., todo esto forma tu "BASE LIQUIDABLE" de 2014.
En este año 2014, las pérdidas que tengas con un periodo de generación de un año o menos, una vez agotada la compensación de ganancias generadas en un año o menos, pueden compensarlas, hasta un límite del 10%, de tu "BASE LIQUIDABLE". Por lo tanto, normalmente, estaras ahorrándote impuestos al tipo más alto que paga por su salario, alquileres, negocio etc…
Caso que te quedara saldo a compensar podrías hacerlo en los años siguientes. No tienes que rellenar ninguna casilla especial pues ya queda en tu declaración.
Esto es en el régimen general, para los régimenes forales no se.
SL2