Bueno, los de los fondos de inversión no van a tener tanta suerte:
"Impactos en el patrimonio. En opinión de la CNMV todos los activos de las IIC son segregables y, por tanto, deberían traspasarse en su totalidad al nuevo depositario. No obstante, si en el proceso de traspaso parte del patrimonio de las IIC no fuese entregado por parte de los Administradores Concursales de Banco de Madrid a CECABANK, podría tener lugar la creación de un compartimento de propósito especial para albergar los activos no traspasados.
En tal caso, el reembolso de la parte incluida en el compartimento de propósito especial se produciría una vez recibidos los activos o, en su caso, el importe resultante de la liquidación de Banco de Madrid."
Tela con el asunto.
Los de Interdín sois unos tíos con suerte.