Tenía entendido que las perdidas en operaciones en corto espacio de tiempo ya no se pueden descontar de los beneficios.
a lo que se refiere Xaos, es a la no computabilidad de las minusvalías obtenidas de VALORES HOMOGÉNEOS que se transmitan los dos meses anteriores y posteriores a una plusvalía, tratándose de instrumentos financieros.
Esa norma existe. (Manual práctico RENTA 2013, capítulo 11 Ganancias y pérdidas patrimoniales pp 338-339)
Ahora bien: (dicho en voz baja, como información y no como recomendación)
Hacienda no se entretiene mucho en este punto...
(en voz más baja aún)
Hacienda sabe muy poco sobre CFD´s...