Autor Tema: IRPF 2014 perdidas  (Leído 1762 veces)

Wakorum

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IRPF 2014 perdidas
« en: 20 de Abril del 2015 a las 15:32:18 »
Buenas majetes:

Tengo una duda sobre las perdidas incurridas en 2014. Que debo hacer para dejarlas como remanente para disminuir posibles beneficios de años posteriores? Se deben meter en algún apartado de este IRPF para luego desempolvarse??
Por otro lado; estas perdidas generadas por ventas a menos de un año sirven para disminuir las ganancias producidas en menos de un año de ejercicios posteriores, con el limite de ser usadas de aquí a 4 años, no?

Gracias de antemano.

chaval

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IRPF 2014 perdidas
« Respuesta #1 en: 20 de Abril del 2015 a las 17:02:07 »
Despues de determinar en qué "cajón" van esas pérdidas, se restan de las ganancias y si resulta negativo se compensan con ganancias del mismo "cajón" en los proximos 4 años.
En el Pais Vasco no existen ganancias a menos de un año contra de más de un año, y creo que en el resto del estado también se ha quitado esa distincion para el IRPF de 2014.
" Wall Street gana dinero a base de actividad. Yo lo gano a base de inactividad ". Warren Buffet

Wakorum

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IRPF 2014 perdidas
« Respuesta #2 en: 20 de Abril del 2015 a las 17:40:03 »
Pero entonces, se informa de todo y el año que viene el sistema me dirá te queda esto que aún puedes compensar... o no informo de esas ventas y el año que viene de necesitarlas las pongo en la declaración. Gracias por tu respuesta Chaval.
Mi pregunta va más de cara a informar o no, y donde, que al que hacer con ellas en ejercicios venideros.

chaval

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IRPF 2014 perdidas
« Respuesta #3 en: 20 de Abril del 2015 a las 20:37:18 »
En la liquidación que nos manda Hacienda una vez rellenada vienen tus ingresos y tus perdidas ( lo que tu llamas el sistema ) . Todo esta a tu vista y en papel en tus manos ( y también en los ordenadores de Hacienda ). Así de sencillo.
La única dificultad , si hay alguna, es determinar donde va cada ingreso-gasto. Y muchas veces ni eso, porque Hacienda ya tiene hecho la mayor parte y te lo puedes copiar o presentarlo como lo dicen ellos sin mas.
" Wall Street gana dinero a base de actividad. Yo lo gano a base de inactividad ". Warren Buffet

bauti

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IRPF 2014 perdidas
« Respuesta #4 en: 20 de Abril del 2015 a las 20:37:31 »
Según tus circunstancias, si tienes bases positivas de rentas de trabajo, actividades económicas, alquileres, etc.., todo esto forma tu "BASE LIQUIDABLE" de 2014.
En este año 2014, las pérdidas que tengas con un periodo de generación de un año o menos, una vez agotada la compensación de ganancias generadas en un año o menos, pueden compensarlas, hasta un límite del 10%, de tu "BASE LIQUIDABLE". Por lo tanto, normalmente, estaras ahorrándote impuestos al tipo más alto que paga por su salario, alquileres, negocio etc…
Caso que te quedara saldo a compensar podrías hacerlo en los años siguientes. No tienes que rellenar ninguna casilla especial pues ya queda en tu declaración.
Esto es en el régimen general, para los régimenes forales no se.
SL2

bauti

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IRPF 2014 perdidas
« Respuesta #5 en: 20 de Abril del 2015 a las 20:40:33 »
Cita de: chaval;263573
En la liquidación que nos manda Hacienda una vez rellenada vienen tus ingresos y tus perdidas ( lo que tu llamas el sistema ) . Todo esta a tu vista y en papel en tus manos ( y también en los ordenadores de Hacienda ). Así de sencillo.
La única dificultad , si hay alguna, es determinar donde va cada ingreso-gasto. Y muchas veces ni eso, porque Hacienda ya tiene hecho la mayor parte y te lo puedes copiar o presentarlo como lo dicen ellos sin mas.


Cuidado de fiarse de los borradores del IRPF, mejor comprobarlos bien muchas deducciones no las aplican ya que dependen de determinadas circuntancias del contrbuyente

Wakorum

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IRPF 2014 perdidas
« Respuesta #6 en: 21 de Abril del 2015 a las 09:31:54 »
Cita de: bauti;263574
Según tus circunstancias, si tienes bases positivas de rentas de trabajo, actividades económicas, alquileres, etc.., todo esto forma tu "BASE LIQUIDABLE" de 2014.
En este año 2014, las pérdidas que tengas con un periodo de generación de un año o menos, una vez agotada la compensación de ganancias generadas en un año o menos, pueden compensarlas, hasta un límite del 10%, de tu "BASE LIQUIDABLE". Por lo tanto, normalmente, estaras ahorrándote impuestos al tipo más alto que paga por su salario, alquileres, negocio etc…
Caso que te quedara saldo a compensar podrías hacerlo en los años siguientes. No tienes que rellenar ninguna casilla especial pues ya queda en tu declaración.
Esto es en el régimen general, para los régimenes forales no se.
SL2
Me queda más claro, informo todo, me anoto las que he informado pero no compensan por haber llegado al limite compensable. Pero como preguntaba se ha de informar toda la operativa. Muchas gracias bauti por tu respuesta clara y concisa (como yo lo llamo: contestar y aportar).