IrI92 tengo entendido que el pago del 0,2% obligatorio entró en vigor el día 18 de enero no antes para las compras de compañías de nacionalidad española q capitalizasen más de 1B a 1 de diciembre de 2020.
saludos
Compre acciones de Sacyr el viernes día 15 y me aplicaron la tasa Tobin.
La entrada en vigor fue el día 16 sábado y el pago obligatorio el día 18 de enero de 2021.
Entiendo que las compras/ventas anteriores al día 16 no se ven afectadas.
Así se lo he explicado a ING y lo están mirando.
Sabéis algún sitio donde lo aclaren en condiciones?.
Gracias de antemano y un saludo
IrI92 tengo entendido que el pago del 0,2% obligatorio entró en vigor el día 18 de enero no antes para las compras de compañías de nacionalidad española q capitalizasen más de 1B a 1 de diciembre de 2020.
saludos
Impuesto sobre Transacciones Financieras
El Impuesto sobre las Transacciones Financieras aprobado por la Ley 5/2020, de 15 de octubre (BOE 16 de octubre), entra en vigor el 16 de enero de 2021.
Su periodo de liquidación es mensual y el plazo de presentación ordinario es del 10 al 20 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual.
No obstante, para este primer ejercicio de aplicación, 2021, la presentación e ingreso de las autoliquidaciones correspondientes a los meses de enero y febrero de 2021, se efectuará en el plazo previsto para la presentación e ingreso de la autoliquidación correspondiente al mes de marzo de 2021 (del 10 al 20 de abril de 2021). Por lo tanto, las primeras autoliquidaciones del impuesto no se presentarán hasta el 10 de abril de 2021.
103.1. Teniendo en cuenta que en el caso de adquisiciones que se efectúan en centros de negociación, generalmente las operaciones se liquidan el segundo día hábil posterior a la fecha de su ejecución, ¿las primeras adquisiciones gravadas serán las que se ejecuten y liquiden a partir de la fecha de entrada en vigor de la Ley del Impuesto o las que se liquiden a partir de dicha fecha, con independencia de la fecha en la que se hayan ejecutado?Las primeras adquisiciones efectuadas en centros de negociación sometidas a gravamen serán aquéllas cuya liquidación y, por tanto, anotación registral de los valores, se efectúe a partir de la fecha de entrada en vigor de la Ley del Impuesto, con independencia de la fecha en la que se hayan ejecutado, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Con carácter general, las primeras adquisiciones gravadas corresponderán a las ejecutadas en los dos días hábiles anteriores al de la entrada en vigor de la Ley del Impues
3.2. En el caso de adquisiciones efectuadas en un mercado secundario oficial de valores u otro centro de negociación, ¿el impuesto se devenga en el momento de la liquidación?El impuesto se devenga cuando se efectúe la anotación registral, que, en el caso de las adquisiciones efectuadas en mercados secundarios oficiales de valores u otros centros de negociación, se entenderá producida en la fecha de la liquidación de la operación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, al que remite también, en relación con otros centros de negociación distintos de los mercados secundarios oficiales, el artículo 37.3 del Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de noviembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores.
jjj nut ,podrias aclararlo un poco tanto tecnicismo?
La tasa entra en vigor el 16 pero se cobra en el momento de la liquidación, no la contratación.
Eso quiere decir que las compras efectuadas desde el jueves 14 llevan el impuesto.
Los futuros, opciones, CFDs y demás mierdas especulativas no están gravadas.
Es una norma hecha por comunistas pero como no tienen ni puta idea, alguien de la Citi le ha redactado la parte que más toca a Londres.
Os pongo una captura del mail que envió ING el 13 de Enero sobre la tasa Tobin....
En resumen:
-Es del 0,2% y se cobra unicamente en las operaciones de compra y creo recordar que leí por algún lado en internet, que aunque entraba en vigor el 16 de Enero, ser verían ya afectadas las operaciones de compra realizadas desde el día 14 de Enero.
-No se aplica a operaciones intradía.
A mí Bankinter me la ha cobrado ya en unas acciones que compré el día 15, y de una venta que he hecho hoy, no ha aplicado nada...
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La primera parte habla de la entrada en vigor, y de cómo se liquida el impuesto, que lo hará el broker o intermediario financiero.
Los otros dos, trata del devengo del impuesto, tal como lo ha explicado "los sueños".
Hoy por ejemplo he cerrado una operación en la cual tendría que haber ganado 20€ porque en la acción antes no tenía comisiones y al final con la tasita Tobi me han quitado 2€. Creo que ya merece la pena poco el intradía y comprar a largo pues depende de la accion