Autor Tema: S.O.S minoristarios de Abengoa  (Leído 24212 veces)

Morrosko24

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #45 en: 29 de Agosto del 2018 a las 16:00:40 »
Estamos totalmente desprotegidos... que cabr....
No te creas que lo sabes todo, siempre habra alguien que ademas de no creerselo sabra mas.

JOSECARRERA

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #46 en: 30 de Agosto del 2018 a las 04:25:02 »
RECLAMACIÓN CONTRA LA CNMV  

   



             

       









 ABENGOA ACCIONISTASMINORITARIOS

ServiciodereclamacionesCNMV@cnmv.es;
informacion@cnmv.es;comunicacion@cnmv.es  
       
 
   

   
 

 
 
           [FONT="][FONT="]Yo Don Jose Carrera presento reclamación contra la CNMV. Mi opinión personal es que la CNMV ha incumplido presuntamente varias leyes, podría estar presuntamente cometiendo delitos de estafa, manipulación del mercado e incumplimiento de sus obligaciones, incluso supuestamente habéis amenazado ilegalmente a Abengoa y Urbas como en el Número de registro: 269201 hecho relevante publicado en Abengoa de 30-08-2018. En dicho HR habéis publicado que el 30-07-2018 BME publicó un aviso, en el que dice que bajará a partir del 28 de setiembre el precio mínimo de las acciones de bolsa de 0,010 a 0,0010 y que ustedes lo apoyan. Como ya les he explicado varias veces pasar de un céntimo de euro a peniques milésimas es una cosa que no existe en ningún país de la zona euro ni de la Unión Europea. Mi reclamación contra ustedes y el BME se basa en: VARIACIÓN MÍNIMA DE COTIZACIÓN (TICK). Conforme al Reglamento Delegado (UE) 2017/588 de la Comisión, de 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas al régimen de variación mínima de cotización aplicable a las acciones, los recibos de depositario y los fondos cotizados, los valores podrán cotizar con las variaciones mínimas de cotización que se establecen a continuación, siendo el precio mínimo por valor de 0,01 euros. http://www.bmerv.es/docs/regula/SBolsas/esp/avisos/2018/AVISO_LOTES_CONTRATACION_20180730.pdf
[FONT="]Es ILEGAL querer bajar de 0,010 a 0,0010 el precio mínimo de las acciones. El BOE publica la Directiva Europea que he citado: Variación mínima de cotización de las acciones, recibos de depositario y fondos cotizados: (Artículo 49, apartados 1 y 2, de la Directiva 2014/65/UE) El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 2016. Por la Comisión El Presidente Jean-Claude JUNCKER[/FONT]
[FONT="]https://www.boe.es/doue/2017/087/L00411-00416.pdf [/FONT]
[FONT="]También incumplen el punto 5.7 de la Circular 1/2017 de Sociedad de Bolsas Española, que pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones.[/FONT]
[FONT="]http://www.bolsamadrid.es/docs/regula/SBolsas/esp/circulares/2017/Circular_1-[/FONT]
[FONT="]2017_normas_funcionamiento_SIBE.pdf[/FONT]
[FONT="]5.7. Variación mínima de precios Los valores podrán cotizar con las variaciones mínimas de precios que se establecen a continuación, siendo el precio mínimo por valor de 0,01 euros. Incumplen queriendo bajar de 0,010 a 0,0010. Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica. Además no se puede sustituir una circular con un aviso, es presuntamente totalmente ilegal.[/FONT]
[h=5][FONT="]Según el Reglamento delegado (UE) 2017/588 de la Comisión de 14 de Julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE en lo que respecta a las normas técnicas de regulación referidas al régimen de VARIACIÓN MÍNIMA DE COTIZACIÓN APLICABLE A LAS ACCIONES, en vigor desde el 3 de enero de 2018, es ILEGAL la reciente implantación por la empresa BME de los 4 decimales. Los 4 decimales implican variaciones INFERIORES A LAS MÍNIMA entre dos niveles de precio de órdenes tramitadas. Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica. Al margen de su improcedencia manifiesto que contraviene la directiva europea cuyo plazo de transposición a la legislación nacional ha vencido con creces y su aplicación es de OBLIGADO CUMPLIMIENTO. El artículo 93 de la propia Directiva 2014/65/UE, fija el plazo máximo de entrada en vigor en los Estados miembros del Reglamento que la desarrolla en la fecha límite del 3 de enero de 2017. Luego es un Reglamento VIGENTE y de OBLIGADO CUMPLIMIENTO en todo el territorio español, independientemente de la naturaleza jurídica del organismo regulador. Dicen señores de la CNMV que la decisión del BME es positiva y necesaria, para promover la liquidez de los valores, asegurar su ordenada negociación, la correcta formación de sus precios y la protección de los inversores.  Dicen que dicha decisión responde a la Mifid 2. Todo esto es presuntamente mentira. Porque con su medida lo único que se conseguiría es presuntamente la manipulación del mercado. Ya varios accionistas de Abengoa, Urbas y Vértice 360 les han puesto reclamaciones por manipulaciones en el mercado de dichas acciones y ustedes no han hecho nada. Como lo pueden ver en el siguiente enlace: http://uma.com.es/escrito-de-la-union-minorista-de-abengoa-uma-a-la-atencion-de-d-victor-pastor-sobre-la-manipulacion/ Como habrán podido ver ustedes presuntamente han incumplido sus funciones. Han dejado presuntamente la manipulación del mercado por fondos buitres bajistas, que han enviado a Abengoa del 35,34€ del 25/07/07 al 0,0272 que están las A y las 0,010 que están las B; 20/09/06  4,08€ Urbas a los 0,010; 19/12/07 3,10 Vértice a los 0,010. La CNMV ha sido presuntamente sobornada por fondos buitres carroñeros bajistas, por eso presuntamente habéis dejado que se arruinen dichas acciones. Pero presuntamente no tenéis suficiente. Habéis sido presuntamente sobornados otra vez por fondos buitres carroñeros bajistas, para que presuntamente dichas acciones Abengoa, Urbas y Vértice 360 comiencen bloqueadas a un penique. Por eso se puede ver, como habéis prohibido los cortos en varias acciones como Liberbank, pero los accionistas de estas acciones han pedido que se prohíban los cortos en estas acciones y no lo habéis hecho.  Por lo que como pueden ver esa decisión del BME es presuntamente ilegal, negativa e innecesaria. En vez de promover la liquidez de los valores, lo que puede ocasionar es el bloqueo en un penique de dichas acciones, asegurar su desordenada negociación, la incorrecta formación de sus precios y la ruina de los inversores, por vuestra presunta culpa.  Esto que hacen, es presuntamente un incumplimiento de la Mifid 2. Otra presunta mentira que dicen que en REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 establece para todos los valores una variación mínima del precio incluidos los que se negocien con precios entre 0 y 0,10.Vaya presunta mentira, no tenéis vergüenza, no hay ninguna acción que cotice a 0, a ese precio estaría quebrada, no valdría nada. Además el mínimo es 0,01. Ustedes presuntamente son la vergüenza, la única institución europea que quiere inventarse una moneda que no existe el penique milésimas. En ningún país de la UE existe una acción que valga menos de 0,010. Ustedes quieren ir a pagar algo, pues paguen mínimo un céntimo de euro, no se inventen monedas inexistentes en la UE, como el penique. Como ven ustedes están incumpliendo presuntamente la ley para beneficiarse presuntamente de los sobornos presuntos de los fondos buitres bajistas. Es presuntamente mentira lo que dicen ustedes del Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017) Ustedes presuntamente incumplen los artículos que citan Artículo 6. Requisitos de organización y Artículo 17. Requisitos relativos a la admisión de instrumentos financieros a negociación. Como han podido ver ustedes presuntamente incumplen con sus obligaciones y con las de la Mifid 2. Todo esto es porque queréis hacer un presunto negocio sucio. Sus normas presuntamente no son claras, ni transparentes, todos los precios que quieren imponer serían artificiales, les recuerdo que no existe el penique milésimas en la UE. Aunque ustedes presuntamente amenazan por sus presuntos intereses dictatoriales, estamos en democracia y el Split es legal. Lo que ustedes dicen es presuntamente mentira.  Dicen que el Split incumpliría el Reglamento 596 2014 Parlamento Europeo abuso de mercado Artículo  12.1  Manipulación  de  mercado.[/FONT] [TABLE=width: 90%]
[TR]
[TD=colspan: 1]
[/TD]
[TD=colspan: 2]
[FONT="]ESCRITO DE LA UNION MINORISTA DE ABENGOA (UMA) A LA ...[/FONT]
[FONT="]uma.com.es[/FONT]
Tal y como quedamos en la reunión de minoristas de Abengoa, facilitamos copia de la petición enviada a atención al accionista de Abengoa por parte de UMA, para su entrega a D. Víctor Pastor.
[/TD]
[/TR]
[/TABLE]

[/h][FONT="]Eso es presuntamente mentira lo incumplen ustedes. En dicho artículo pone lo siguiente:[/FONT]
[h=5][FONT="]1.    A  efectos del presente Reglamento, la        manipulación   de        mercado        incluirá        las        siguientes        actividades:[/FONT][/h][h=5][FONT="]a)   ejecutar  una  operación,  dar  una  orden  de  negociación  o  cualquier  otra  conducta  que:[/FONT][/h][h=5][FONT="]i)  transmita  o  pueda  transmitir  señales  falsas  o  engañosas  en  cuanto  a  la  oferta,  la  demanda  o  el  precio  de  un  [/FONT][/h][h=5][FONT="]instrumento  financiero  o  de  un  contrato  de  contado  sobre  materias  primas  relacionado  con  él,  o  bien[/FONT][/h][h=5][FONT="]ii)  fije  o  pueda  fijar  en  un  nivel  anormal  o  artificial  el  precio  de  uno  o  varios  instrumentos  financieros  o  de  un  [/FONT][/h][h=5][FONT="]contrato  de  contado  sobre  materias  primas  relacionado  con  ellos,[/FONT][/h][h=5][FONT="]a  menos  que  la  persona  que  hubiese  efectuado  la  operación  o  dado  la  orden  de  negociación  o  realizado  cualquier  otra  [/FONT][/h][h=5][FONT="]conducta  demuestre  que  esa  operación,  orden  o  conducta  se  han  efectuado  por  razones  legítimas  y  de  conformidad  [/FONT][/h][h=5][FONT="]con  una  práctica  de  mercado  aceptada  con  arreglo  a  lo  dispuesto  en  el  artículo  13;[/FONT][/h][FONT="]Esto presuntamente lo incumplen ustedes, poner un precio presuntamente ilegal, el penique o la milésima que no existe en la UE. Además está ustedes presuntamente afirmando que entonces los precios que estuvo  Abengoa 35,34€ el 25/07/07 al 0,0272 que están las A y las 0,010 que están las B; 20/09/06  4,08€ Urbas a los 0,010, 19/12/07 3,10 Vértice a los 0,010 eran falsos. Entonces, ¿porque ustedes no dijeron nada? ¿No sería porque estaban ustedes presuntamente sobornados y dejasteis que presuntamente muchos inversores se arruinaran? Sois unos presuntos asesinos de almas, cuánta gente deprimida, que tiene que ir al psiquiatra, pensionistas que han puesto todo el dinero suyo en estas acciones incluida la pensión, cuantos parados que buscaban ganarse un poco de dinero, mientras encontraban trabajo, etc. Incluso hay gente que se ha suicidado de verdad por culpa de estas ruinas. Presuntamente habéis robado al pueblo para beneficiar presuntamente a los fondos buitres. Además en el aviso del BME ponían que serían las acciones que estaban cercanas a 0,010 y Abengoa A está más cercana a los 3 céntimos. Ustedes tienen que cumplir las leyes del mercado, no tenéis ningún derecho a presuntamente decir que Abengoa, Urbas y Vértice no valen 0,010. Esas acciones pasan por un mal momento en bolsa, pero su precio podría ser muy superior a dichos 0,010. El mercado es soberano, no es para que ustedes presuntamente gracias a sus intereses lo queráis presuntamente hundir por debajo de 0,010, moneda que no existe en la UE. Ustedes habéis presuntamente incumplido las competencias que la ley les otorga para garantizar la libre formación de precios y la integridad de la negociación. Ustedes presuntamente dejaron que Abengoa llegara a 35,34€ el 25/07/07, 20/09/06,  4,08€ Urbas, 19/12/07 3,10 Vértice. Mi opinión personal es que presuntamente ustedes dejaron inflar esos valores a esos precios para presuntamente forrarse porque entonces tendrían presuntos intereses especuladores. Como también creo que después presuntamente os forrasteis con presuntos intereses bajistas y con el presunto soborno de los fondos buitres. Ustedes dicen que podrán suspender o excluir la negociación de los valores correspondientes. ¿Por qué no suspenden los cortos, no será para que se forren con el sufrimiento y el hundimiento de los accionistas minoritarios?  No tienen presuntamente ningún derecho a hacer  ninguna suspensión o exclusión de la negociación de los valores, porque la norma que queréis aplicar del BME es presuntamente ilegal, las acciones el precio mínimo es de 0,010 y ustedes se han inventado el penique milésima, que no existe más que para sus presuntos pensamientos bajistas. Por lo que las acciones valen mínimo un 0,010 y si ustedes incumplen presuntamente la ley, dichas acciones tienen todo el derecho a hacer un Split. Dicen ustedes que se cumpla el Artículo  23 Facultades  de  las  autoridades  competentes de REGLAMENTO  (UE)  N o 596/2014. Son presuntamente ustedes los que lo incumplen presuntamente queriendo imponer un aviso del BME presunto ilegal, os recuerdo que no existen peniques ni milésimas en la UE. Por lo que os confirmo que yo pondré este escrito a accionistas de dichas empresas, para que luchen por el Split que es legal y cumple todas las leyes. Recuerden que lo que sí que quieren incumplir sus medidas es bajar el mínimo de la Unión Europea de 0,010, como ustedes habrán podido ver, ustedes presuntamente incumplen muchísimas cosas. Por lo que les reclamo que insten al BME a que quite dicho aviso presunto ilegal de bajar las acciones a 0,010; también que retiren sus presuntas amenazas. Les confirmo que si no lo hacen reclamaré contra ustedes de diferentes formas: podrían ser manifestación legal en la CNMV y en el Palacio de la Bolsa; denuncias en los tribunales, etc.  Ya será el Esma o los tribunales de Justicia que toquen, Defensor del Pueblo los que presuntamente os juzguen por lo que presuntamente habéis hecho supuestamente mal e ilegalmente. Postdata. Lo de presunto que conste que únicamente es mi opinión personal.[/FONT]
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venom

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #47 en: 30 de Agosto del 2018 a las 11:57:24 »
Bien hecho, se lo merecen, porque desde luego alguien si que es verdad que habrá sobornado a alguno que esta presionando para que esto ocurra, eso esta claro.

Menudo cachondeo lo de la cnmv, deben de hacer una limpieza allí, porque esta claro que con el tiempo se han vuelto unos corruptos fáciles de huntar.

txomin

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #48 en: 30 de Agosto del 2018 a las 12:31:01 »
Si señor, un pedazo de señor escrito. Gracias.
Que país y que paisanaje.
Un saludo.

JOSECARRERA

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #49 en: 31 de Agosto del 2018 a las 07:08:31 »
Deseo que tengáis buena noche amig@s. Se luchará hasta el final. Envié hoy un escrito personal a el Defensor del Pueblo Español y la Esma, para quejarme de la CNMV. Como tengo insomnio, aprovecharé esta noche para hacer mi trabajo. Que os vaya todo muy bien. Un abrazo.
DEFENSOR DEL PUEBLO
Motivo de la queja  Quiero presentar una queja porque la CNMV ha incumplido sus funciones, obligaciones y nos está perjudicando a muchísimos accionistas minoritarios: Web CNMV Nº de registro: 269201, hecho relevante publicado en Abengoa el 30-08-2018. Accionistas de Abengoa, Urbas y Vértice 360 pusieron reclamaciones a la CNMV por manipulaciones en el mercado de dichas acciones y CNMV no ha hecho nada. http://uma.com.es/escrito-de-la-union-minorista-de-abengoa-uma-a-la-atencion-de-d-victor-pastor-sobre-la-manipulacion/CNMV dejó la manipulación del mercado por fondos buitres, que enviaron a la ruina: Abengoa del 35,34€ al 0,0244; Urbas 4,08€ a los 0,010; Vértice 3,10 a los 0,010. CNMV prohibió cortos en acciones como Liberbank. Se pidió que se prohiban los cortos en Abengoa, Urbas, Vértice y no lo ha hecho. CNMV dijo que en REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 establece para todos los valores una variación mínima del precio, incluidos los que se negocien con precios entre 0 y 0,10. En dicho reglamento pone que el mínimo es 0,010. Sociedad de Bolsas Española punto 5.7 de la Circular 1/2017: pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. No hay ninguna acción que cotice a 0. A ese precio estaría quebrada, no valdría nada. CNMV única institución europea que quiere autorizar una moneda de pago que no existe la milésima. En ningún país de la UE existe una acción que valga menos de 0,010. Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017) CNMV incumple los artículos que citan: Artículo 6. Requisitos de organización y Artículo 17. Requisitos relativos a la admisión de instrumentos financieros a negociación y la Mifid II, porque las normas no son claras, ni transparentes, todos los precios que quiere imponer serían artificiales, no existe la milésima en la UE. CNMV hace una advertencia a dichas acciones. Estamos en democracia y el Split es legal. Lo que dice que el Split incumpliría el Reglamento 596 2014 Parlamento Europeo abuso de mercado Artículo 12.1 Manipulación de mercado: Lo incumple CNMV, poner un precio ilegal, la milésima que no existe en la UE. Además CNMV permitió los precios que estuvo Abengoa 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10. ¿Por qué CNMV no dijo nada y lo dice ahora? Además en el aviso que apoya, ponía que serían las acciones que están cercanas a 0,010 y Abengoa A está más cercana a los 3 céntimos. CNMV tiene que cumplir las leyes del mercado, no querer decir que Abengoa, Urbas y Vértice no valen 0,010. El precio de dichas acciones podría ser muy superior a dichos 0,010. El mercado, no está para que CNMV imponga milésima, que no existe en la UE. CNMV incumple las competencias que la ley le otorga para garantizar la libre formación de precios y la integridad de la negociación. Dejó que Abengoa llegara a 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10 y ahora dice que podrán suspender o excluir la negociación de los valores correspondientes por no dejar que el mercado las baje de 0,010 precio mínimo de las acciones UE y no suspende los cortos que podrían enviar a la ruina a pequeños accionistas minoritarios que han puesto sus ahorros en dichas acciones. CNMV no tiene ningún derecho a hacer ninguna suspensión o exclusión de la negociación de los valores, para aplicar la norma, porque el precio mínimo de las acciones es 0,010 y están autorizando el invento de la milésima, que no existe en ningún país de la UE. Por lo que las acciones valen mínimo un 0,010 y si la CNMV quiere bajar del mínimo permitido por la ley, dichas acciones tienen todo el derecho a hacer un Split. CNMV dijo que se cumpla el Artículo 23 Facultades de las autoridades competentes de REGLAMENTO (UE) N 596/2014. CNMV no debería imponer un aviso del BME ilegal, que pone milésimas que no existen en la UE, incumpliría sus medidas de bajar el mínimo de la Unión Europea que es 0,010. Solicito la ayuda del Defensor del Pueblo.
He puesto arriba el formulario para reclamar contra la CNMV en el Defensor del Pueblo Español.
SOLUCIONADO ¿Cómo derrotar a la CNMV? Buenas noches amig@s de Abengoa, Urbas, Vértice 360  https://www.esma.europa.eu/about-esma/esma-in-short/complaints            
QUEJA SOBRE UNA AUTORIDAD NACIONAL COMPETENTE Utilizando el Formulario de reclamo de la autoridad nacional competente https://www.esma.europa.eu/sites/default/files/form_to_be_completed_for_submission_of_request_to_investigate_nca_under_article_17_of_esma_regulation-1.docx
Enviarlo rellenado al email  BUL@esma.europa.eu  Yo ya lo he enviado. Muchísima suerte a tod@s.
¿CÓMO RELLENAR LA QUEJA EN LA ESMA? ESMA ES LA MÁXIMA AUTORIDAD BURSATIL DE EUROPA, ESMA PUEDE SANCIONAR A LA CNMV POR NO CUMPLIR LAS LEYES EUROPEAS. CASILLA 1: Poner nombre y apellido
CASILLA 2: Poner quién os representa
CASILLA 3: Dirección
CASILLA 4: Telefono/fax/e-mail
CASILLA 5: COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV) Calle Edison, 4, 28006 Madrid
CASILLA 6: Yo he puesto lo siguiente:  “REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 DE LA COMISIÓN de 14 de julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas al régimen de variación mínima de cotización aplicable a las acciones, los recibos de depositario y los fondos cotizados  
 REGLAMENTO (UE) N 596/2014 Parlamento Europeo abuso de mercado
 Directiva 2014/65/UE
 Mifid II

CASILLA 7: Yo he puesto lo siguiente:  CNMV ha incumplido sus funciones, obligaciones y nos está perjudicando a muchísimos accionistas minoritarios: Web CNMV Nº de registro: 269201, hecho relevante publicado en Abengoa el 30-08-2018. Accionistas de Abengoa, Urbas y Vértice 360 pusieron reclamaciones a la CNMV por manipulaciones en el mercado de dichas acciones y CNMV no ha hecho nada. http://uma.com.es/escrito-de-la-union-minorista-de-abengoa-uma-a-la-atencion-de-d-victor-pastor-sobre-la-manipulacion/ CNMV dejó la manipulación del mercado por fondos buitres, que enviaron a la ruina: Abengoa del 35,34€ al 0,0244; Urbas 4,08€ a los 0,010; Vértice 3,10 a los 0,010. CNMV prohibió cortos en acciones como Liberbank. Se pidió que se prohiban los cortos en Abengoa, Urbas, Vértice y no lo ha hecho. CNMV dijo que en REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 establece para todos los valores una variación mínima del precio, incluidos los que se negocien con precios entre 0 y 0,10. En dicho reglamento pone que el mínimo es 0,010. Sociedad de Bolsas Española punto 5.7 de la Circular 1/2017: pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. No hay ninguna acción que cotice a 0. A ese precio estaría quebrada, no valdría nada. CNMV única institución europea que quiere autorizar una moneda de pago que no existe la milésima. En ningún país de la UE existe una acción que valga menos de 0,010. Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017) CNMV incumple los artículos que citan: Artículo 6. Requisitos de organización y Artículo 17. Requisitos relativos a la admisión de instrumentos financieros a negociación y la Mifid II, porque las normas no son claras, ni transparentes, todos los precios que quiere imponer serían artificiales, no existe la milésima en la UE. CNMV hace una advertencia a dichas acciones. Estamos en democracia y el Split es legal. Lo que dice que el Split incumpliría el Reglamento 596 2014 Parlamento Europeo abuso de mercado Artículo 12.1 Manipulación de mercado: Lo incumple CNMV, poner un precio ilegal, la milésima que no existe en la UE. Además CNMV permitió los precios que estuvo Abengoa 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10. ¿Por qué CNMV no dijo nada y lo dice ahora? Además en el aviso que apoya, ponía que serían las acciones que están cercanas a 0,010 y Abengoa A está más cercana a los 3 céntimos. CNMV tiene que cumplir las leyes del mercado, no querer decir que Abengoa, Urbas y Vértice no valen 0,010. El precio de dichas acciones podría ser muy superior a dichos 0,010. El mercado, no está para que CNMV imponga milésima, que no existe en la UE. CNMV incumple las competencias que la ley le otorga para garantizar la libre formación de precios y la integridad de la negociación. Dejó que Abengoa llegara a 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10 y ahora dice que podrán suspender o excluir la negociación de los valores correspondientes por no dejar que el mercado las baje de 0,010 precio mínimo de las acciones UE y no suspende los cortos que podrían enviar a la ruina a pequeños accionistas minoritarios que han puesto sus ahorros en dichas acciones.
CNMV no tiene ningún derecho a hacer ninguna suspensión o exclusión de la negociación de los valores, para aplicar la norma, porque el precio mínimo de las acciones es 0,010 y están autorizando el invento de la milésima, que no existe en ningún país de la UE. Por lo que las acciones valen mínimo un 0,010 y si la CNMV quiere bajar del mínimo permitido por la ley, dichas acciones tienen todo el derecho a hacer un Split. CNMV dijo que se cumpla el Artículo 23 Facultades de las autoridades competentes de REGLAMENTO (UE) N 596/2014. CNMV no debería imponer un aviso del BME ilegal, que pone milésimas que no existen en la UE, incumpliría sus medidas de bajar el mínimo de la Unión Europea que es 0,010.
5.7. Variación mínima de precios Los valores podrán cotizar con las variaciones mínimas de precios que se establecen a continuación, siendo el precio mínimo por valor de 0,01 euros. Incumplen queriendo bajar de 0,010 a 0,0010.  Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica.    
Según el Reglamento delegado (UE) 2017/588 de la Comisión de 14 de Julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE en lo que respecta a las normas técnicas de regulación referidas al régimen de VARIACIÓN MÍNIMA DE COTIZACIÓN APLICABLE A LAS ACCIONES, en vigor desde el 3 de enero de 2018, es ILEGAL la reciente implantación por la empresa BME  de los 4 decimales. Los 4 decimales implican variaciones INFERIORES A LAS MÍNIMA entre dos  niveles de precio de órdenes tramitadas.  Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica.    
Al margen de su improcedencia manifiesto que contraviene la directiva europea cuyo plazo de transposición a la legislación  nacional ha vencido con creces y su aplicación es de OBLIGADO CUMPLIMIENTO. El artículo 93 de la propia Directiva 2014/65/UE, fija el plazo máximo de entrada en vigor en los Estados miembros del Reglamento que la desarrolla en la fecha límite del 3 de enero de 2017. Luego es un  Reglamento VIGENTE y de OBLIGADO CUMPLIMIENTO en todo el territorio español, independientemente de la naturaleza jurídica del organismo regulador. “
CASILLA 8: Yo he puesto lo siguiente:  “Reclamaciones a la CNMV  por email, teléfono, burofax, cartas certificadas, etc."
CASILLA 9: No he puesto nada.
CASILLA 10: Yo he puesto lo siguiente:  “ Sociedad de Bolsas Española punto 5.7 de la Circular 1/2017: pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017)”
CASILLA 11: Si queréis que Esma difunda vuestros datos como reclamantes a la BME ponéis una equis mayúscula en la primera, si no lo queréis ponéis una equis mayúscula en la segunda.
CASILLA 12: Tenéis que poner el lugar , la fecha y la firma. Yo he puesto la firma escaneando en grande una firma mía y después dando desde ese documento control c, control v a la hoja de la queja.

JOSECARRERA

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #50 en: 31 de Agosto del 2018 a las 17:52:35 »
MUY IMPORTANTE LEAN USTEDES EL SIGUIENTE ENLACE QUE ES LA MANERA DE SALVAR NUESTRAS ACCIONES: https://1drv.ms/w/s!Au-wIMTskwWHgjYpQUsi6spOrY8l

MARA

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #51 en: 31 de Agosto del 2018 a las 23:32:46 »
Tengo entre A y B sobre 100.000 euros cuenta con mi apoyo, gracias.

Diegohid

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« Respuesta #52 en: 01 de Septiembre del 2018 a las 00:48:49 »
Madre mía qué pastizal! A cómo llevas las B

JOSECARRERA

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #53 en: 05 de Septiembre del 2018 a las 01:55:43 »
https://drive.google.com/open?id=1gEPc9a7tb6Ebxb-46UmrEbqsT-M4cDeARi42yCUlV9w


BAJISTA PILLADO EN DELITOS.
Hemos pillado a un buitre bajista de las acciones Vértice 360, Urbas y Abengoa con las manos en la masa. El usuario de Rankia Juanmartin2035 que parece que usa también otras cuentas como Palentino2015 es el presunto bajista, que quiere supuestamente que Vértice 36, Urbas y Abengoa vayan a una milésima penique, por eso va a los foros como Urbas, Abengoa a reírse de la pobre gente arruinada y decirles que sus acciones no valen 1 céntimo. Parece que disfruta con el sufrimiento de la gente. Ese individuo presuntamente modificó el escrito https://1drv.ms/w/s!Au-wIMTskwWHgjYpQUsi6spOrY8l 2 veces. Cometió presuntamente todo lo siguiente: delito de falsificación en documento privados, delito de piratería informática y ataques personales, delito contra el honor, injurias. etc.  Los motivos es que tenía  escritos en el word que ponían unas leyes que se habían incumplido, porque las empresas no pueden bajar de 0,010, etc que había envíado al defensor del Pueblo y al ESMA, por si muchos accionistas arruinados, querían verlos para estar informados y hacer gestiones. Vino la persona esta y puso presuntamente que yo estaba arruinado e injurias, etc. Salió en el centro de actividades de windows 10 una notificación poniendo que se había modificado ese word, ponía que fue un tal Juan Martin. Dicho Juan Martin, ya hizo un mensaje en el Foro de Rankia aparecido a éste, que borró Rankia por petición mía.






http://noticiasdeaita.com/urbas-abengoa-y-vertice-manipulacion-o-defensa-ante-el-split/
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/09/03/companias/1536000045_964118.html
http://uma.com.es/los-pequenos-accionistas-de-abengoa-lucharan-hasta-el-final-por-el-split/


Luis Orduna Diez es abogado y Catedrático de Estructura e Instituciones Económicas de la Complutense y si entran en enlace de arriba, podrán ver que también demuestra con su razonamiento que nuestra lucha por el Split y por defender el precio mínimo 0,010 es justa y válida. También como UMA lucharará por el Split




Reclamación al Defensor del Pueblo Español y al Esma en contra de la CNMV.
·   https://www.defensordelpueblo.es/tu-queja/01-description/ Quiero presentar una queja porque la CNMV ha incumplido sus funciones, obligaciones y nos está perjudicando a muchísimos accionistas minoritarios:
Web CNMV Nº de registro: 269249, hecho relevante publicado en Urbas Grupo Financiero el 31-08-2018. Web CNMV Nº de registro: 269201, hecho relevante publicado en Abengoa el 30-08-2018. Accionistas de Abengoa, Urbas y Vértice 360 pusieron reclamaciones a la CNMV por manipulaciones en el mercado de dichas acciones y CNMV no ha hecho nada. http://uma.com.es/escrito-de-la-union-minorista-de-abengoa-uma-a-la-atencion-de-d-victor-pastor-sobre-la-manipulacion/ CNMV dejó la manipulación del mercado por fondos buitres, que enviaron a la ruina: Abengoa del 35,34€ al 0,0244; Urbas 4,08€ a los 0,010; Vértice 3,10 a los 0,010. CNMV prohibió cortos en acciones como Liberbank. Se pidió que se prohiban los cortos en Abengoa, Urbas, Vértice y no lo ha hecho. CNMV dijo que en REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 establece para todos los valores una variación mínima del precio, incluidos los que se negocien con precios entre 0 y 0,10. En dicho reglamento pone que el mínimo es 0,010. Sociedad de Bolsas Española punto 5.7 de la Circular 1/2017: pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. No hay ninguna acción que cotice a 0. A ese precio estaría quebrada, no valdría nada. CNMV única institución europea que quiere autorizar una moneda de pago que no existe la milésima. En ningún país de la UE existe una acción que valga menos de 0,010. Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017) CNMV incumple los artículos que citan: Artículo 6. Requisitos de organización y Artículo 17. Requisitos relativos a la admisión de instrumentos financieros a negociación y la Mifid II, porque las normas no son claras, ni transparentes, todos los precios que quiere imponer serían artificiales, no existe la milésima en la UE. CNMV hace una advertencia a dichas acciones. Estamos en democracia y el Split es legal. Lo que dice que el Split incumpliría el Reglamento 596 2014 Parlamento Europeo abuso de mercado Artículo 12.1 Manipulación de mercado: Lo incumple CNMV, poner un precio ilegal, la milésima que no existe en la UE. Además CNMV permitió los precios que estuvo Abengoa 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10. ¿Por qué CNMV no dijo nada y lo dice ahora? Además en el aviso que apoya, ponía que serían las acciones que están cercanas a 0,010 y Abengoa A está más cercana a los 3 céntimos. CNMV tiene que cumplir las leyes del mercado, no querer decir que Abengoa, Urbas y Vértice no valen 0,010. El precio de dichas acciones podría ser muy superior a dichos 0,010. El mercado, no está para que CNMV imponga milésima, que no existe en la UE. CNMV incumple las competencias que la ley le otorga para garantizar la libre formación de precios y la integridad de la negociación. Dejó que Abengoa llegara a 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10 y ahora dice que podrán suspender o excluir la negociación de los valores correspondientes por no dejar que el mercado las baje de 0,010 precio mínimo de las acciones UE y no suspende los cortos que podrían enviar a la ruina a pequeños accionistas minoritarios que  han puesto sus ahorros en dichas acciones. CNMV no tiene ningún derecho a hacer ninguna suspensión o exclusión de la negociación de los valores, para aplicar la norma, porque el precio mínimo de las acciones es 0,010 y están autorizando el invento de la milésima, que no existe en ningún país de la UE. Por lo que las acciones valen mínimo un 0,010 y si la CNMV quiere bajar del mínimo permitido por la ley, dichas acciones tienen todo el derecho a hacer un Split. CNMV dijo que se cumpla el Artículo 23 Facultades de las autoridades competentes de REGLAMENTO (UE) N 596/2014. CNMV no debería imponer un aviso del BME ilegal, que pone milésimas que no existen en la UE, incumpliría sus medidas de bajar el mínimo de la Unión Europea que es 0,010. Solicito la ayuda del Defensor del Pueblo.


ESMA
  SOLUCIONADO ¿Cómo derrotar a la CNMV? https://www.esma.europa.eu/about-esma/esma-in-short/complaints QUEJA SOBRE UNA AUTORIDAD NACIONAL COMPETENTE Utilizando el Formulario de reclamo de la autoridad nacional competentehttps://www.esma.europa.eu/sites/default/files/form_to_be_completed_for_submission_of_request_to_investigate_nca_under_article_17_of_esma_regulation-1.docx Enviarlo rellenado al email BUL@esma.europa.eu Yo ya lo he enviado. Muchísima suerte a tod@ la familia. ¿CÓMO RELLENAR LA QUEJA EN LA ESMA? ESMA ES LA MÁXIMA AUTORIDAD BURSATIL DE EUROPA, ESMA PUEDE SANCIONAR A LA CNMV POR NO CUMPLIR LAS LEYES EUROPEAS. CASILLA 1: Poner nombre y apellido CASILLA 2: Poner quién os representa CASILLA 3: Dirección CASILLA 4: Telefono/fax/e-mail CASILLA 5: COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV) Calle Edison, 4, 28006 Madrid CASILLA 6: Yo he puesto lo siguiente: “REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 DE LA COMISIÓN de 14 de julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas al régimen de variación mínima de cotización aplicable a las acciones, los recibos de depositario y los fondos cotizados REGLAMENTO (UE) N 596/2014 Parlamento Europeo abuso de mercado Directiva 2014/65/UE Mifid II CASILLA 7: Yo he puesto lo siguiente: CNMV ha incumplido sus funciones, obligaciones y nos está perjudicando a muchísimos accionistas minoritarios: Web CNMV Nº de registro: 269249, hecho relevante publicado en Urbas Grupo Financiero el 31-08-2018. Web CNMV Nº de registro: 269201, hecho relevante publicado en Abengoa el 30-08-2018. Accionistas de Abengoa, Urbas y Vértice 360 pusieron reclamaciones a la CNMV por manipulaciones en el mercado de dichas acciones y CNMV no ha hecho nada. http://uma.com.es/escrito-de-la-union-minorista-de-abengoa-uma-a-la-atencion-de-d-victor-pastor-sobre-la-manipulacion/ CNMV dejó la manipulación del mercado por fondos buitres, que enviaron a la ruina: Abengoa del 35,34€ al 0,0244; Urbas 4,08€ a los 0,010; Vértice 3,10 a los 0,010. CNMV prohibió cortos en acciones como Liberbank. Se pidió que se prohiban los cortos en Abengoa, Urbas, Vértice y no lo ha hecho. CNMV dijo que en REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/588 establece para todos los valores una variación mínima del precio, incluidos los que se negocien con precios entre 0 y 0,10. En dicho reglamento pone que el mínimo es 0,010. Sociedad de Bolsas Española punto 5.7 de la Circular 1/2017: pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. No hay ninguna acción que cotice a 0. A ese precio estaría quebrada, no valdría nada. CNMV única institución europea que quiere autorizar una moneda de pago que no existe la milésima. En ningún país de la UE existe una acción que valga menos de 0,010. Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017) CNMV incumple los artículos que citan: Artículo 6. Requisitos de organización y Artículo 17. Requisitos relativos a la admisión de instrumentos financieros a negociación y la Mifid II, porque las normas no son claras, ni transparentes, todos los precios que quiere imponer serían artificiales, no existe la milésima en la UE. CNMV hace una advertencia a dichas acciones. Estamos en democracia y el Split es legal. Lo que dice que el Split incumpliría el Reglamento 596 2014 Parlamento Europeo abuso de mercado Artículo 12.1 Manipulación de mercado: Lo incumple CNMV, poner un precio ilegal, la milésima que no existe en la UE. Además CNMV permitió los precios que estuvo Abengoa 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10. ¿Por qué CNMV no dijo nada y lo dice ahora? Además en el aviso que apoya, ponía que serían las acciones que están cercanas a 0,010 y Abengoa A está más cercana a los 3 céntimos. CNMV tiene que cumplir las leyes del mercado, no querer decir que Abengoa, Urbas y Vértice no valen 0,010. El precio de dichas acciones podría ser muy superior a dichos 0,010. El mercado, no está para que CNMV imponga milésima, que no existe en la UE. CNMV incumple las competencias que la ley le otorga para garantizar la libre formación de precios y la integridad de la negociación. Dejó que Abengoa llegara a 35,34€, Urbas 4,08€, Vértice 3,10 y ahora dice que podrán suspender o excluir la negociación de los valores correspondientes por no dejar que el mercado las baje de 0,010 precio mínimo de las acciones UE y no suspende los cortos que podrían enviar a la ruina a pequeños accionistas minoritarios que han puesto sus ahorros en dichas acciones. CNMV no tiene ningún derecho a hacer ninguna suspensión o exclusión de la negociación de los valores, para aplicar la norma, porque el precio mínimo de las acciones es 0,010 y están autorizando el invento de la milésima, que no existe en ningún país de la UE. Por lo que las acciones valen mínimo un 0,010 y si la CNMV quiere bajar del mínimo permitido por la ley, dichas acciones tienen todo el derecho a hacer un Split. CNMV dijo que se cumpla el Artículo 23 Facultades de las autoridades competentes de REGLAMENTO (UE) N 596/2014. CNMV no debería imponer un aviso del BME ilegal, que pone milésimas que no existen en la UE, incumpliría sus medidas de bajar el mínimo de la Unión Europea que es 0,010. 5.7. Variación mínima de precios Los valores podrán cotizar con las variaciones mínimas de precios que se establecen a continuación, siendo el precio mínimo por valor de 0,01 euros. Incumplen queriendo bajar de 0,010 a 0,0010. Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica. Según el Reglamento delegado (UE) 2017/588 de la Comisión de 14 de Julio de 2016 por el que se completa la Directiva 2014/65/UE en lo que respecta a las normas técnicas de regulación referidas al régimen de VARIACIÓN MÍNIMA DE COTIZACIÓN APLICABLE A LAS ACCIONES, en vigor desde el 3 de enero de 2018, es ILEGAL la reciente implantación por la empresa BME de los 4 decimales. Los 4 decimales implican variaciones INFERIORES A LAS MÍNIMA entre dos niveles de precio de órdenes tramitadas. Por ese mismo motivo ninguna bolsa de los países de la UE los aplica. Al margen de su improcedencia manifiesto que contraviene la directiva europea cuyo plazo de transposición a la legislación nacional ha vencido con creces y su aplicación es de OBLIGADO CUMPLIMIENTO. El artículo 93 de la propia Directiva 2014/65/UE, fija el plazo máximo de entrada en vigor en los Estados miembros del Reglamento que la desarrolla en la fecha límite del 3 de enero de 2017. Luego es un Reglamento VIGENTE y de OBLIGADO CUMPLIMIENTO en todo el territorio español, independientemente de la naturaleza jurídica del organismo regulador. “ CASILLA 8: Yo he puesto lo siguiente: “Reclamaciones a la CNMV por email, teléfono, burofax, cartas certificadas, etc." CASILLA 9: No he puesto nada. CASILLA 10: Yo he puesto lo siguiente: “ Sociedad de Bolsas Española punto 5.7 de la Circular 1/2017: pone que es 0,010 euros el precio mínimo de las acciones. Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE de 30 de diciembre de 2017)” CASILLA 11: Si queréis que Esma difunda vuestros datos como reclamantes a la Cnmv ponéis una equis mayúscula en la primera, si no lo queréis ponéis una equis mayúscula en la segunda. CASILLA 12: Tenéis que poner el lugar , la fecha y la firma. Yo he puesto la firma escaneando en grande una firma mía y después dando desde ese documento control c, control v a la hoja de la queja.

romazap

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #54 en: 05 de Septiembre del 2018 a las 22:31:01 »
muy bien currado como te mueves , muchos animos JOSECARRERA
NO HAY LIBERTAD, ESTO ES UNA DICTADURA MUNDIAL

JOSECARRERA

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #55 en: 07 de Septiembre del 2018 a las 00:54:01 »
http://uma.com.es/datos-del-representante-de-uma-para-la-junta-general-extraordinaria-del-02-10-2018/
Como votar digitalmente:
 
Debes acceder al enlace que facilitan en la web, desde el ordenador en donde tengas la firma, certificado digital o DNI electrónico:
Enlace: https://www.shareholders-services.com/voto/gateway/ABG
 
Votar A FAVOR de los 3 puntos. Votar en la opción delegar, indicar los datos de Norberto:
Norberto José Carballo Gutiérrez
78.415.485-K
 Indicar la cuenta y el banco en donde tienes tus acciones Abengoa y aceptar.
 
Una vez aceptado tienes que enviar el pdf que te dan, el comprobante al siguiente correo: milioguerrero@gmail.com

JOSECARRERA

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #56 en: 10 de Septiembre del 2018 a las 12:54:18 »
http://uma.com.es/split-aprobado-en-urbas-es-el-turno-de-abengoa/
En la junta general extraordinaria de Urbas realizada el pasado sábado 8/09/2017, sus accionistas aprobaron el SI al SPLIT.


Urbas aprobó la delegación en el Consejo de Administación para que pueda hacer el SPLIT en caso necesario el 28/09/2018. En caso de que, previsiblemente y como algún experto apunta,  el valor siga desplomándose aún más.


El próximo 02/10/2018 le toca el turno a Abengoa. Desde UMA os animamos a asistir a la junta, votar o delegar vuestro voto con el fin, de al igual que URBAS, el SPLIT salga adelante en Abengoa.


Si la medida de BME se retrasa unos días (como todo hace indicar), la junta de Abengoa se celebraría antes, y la decisión que se tome en junta podrá gestionarse.


Para ello hay que estar organizados, con los votos de la junta preparados y participar de forma activa para intentar llegar al quorum del 25%.


Dada las implicaciones que puede tener esta medida, para unos y para otros, estamos convencidos de que el quorum de esta junta será elevado. Esperamos que sea superior al 25%. Desde UMA seguimos trabajando para que así sea.


 


Para cualquier duda pueden contactar con nosotros al mail unionminoristasabengoa@gmail.com o bien pueden contactar por privado y seguirnos por twitter @UMAbengoa

JOSECARRERA

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #57 en: 12 de Septiembre del 2018 a las 23:42:40 »
http://uma.com.es/como-votar-en-la-junta-general-extraordinaria-de-abengoa/

Consejo Administración supuestamente quiere q baje de 0,01 Abengoa,pq el Santander presuntamente quiere vender todas las acciones que robó al Banco Popular, a otra gente y a estos precios no lo consigue.Presuntamente han robado todo lo bueno desde dentro.

fantalimon

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #58 en: 13 de Septiembre del 2018 a las 10:30:32 »
Cita de: JOSECARRERA;420029
http://uma.com.es/datos-del-representante-de-uma-para-la-junta-general-extraordinaria-del-02-10-2018/
Como votar digitalmente:
 
Debes acceder al enlace que facilitan en la web, desde el ordenador en donde tengas la firma, certificado digital o DNI electrónico:
Enlace: https://www.shareholders-services.com/voto/gateway/ABG
 
Votar A FAVOR de los 3 puntos. Votar en la opción delegar, indicar los datos de Norberto:
Norberto José Carballo Gutiérrez
78.415.485-K
 Indicar la cuenta y el banco en donde tienes tus acciones Abengoa y aceptar.
 
Una vez aceptado tienes que enviar el pdf que te dan, el comprobante al siguiente correo: milioguerrero@gmail.com


Vamos votar a favor del "iluminado" de Norberto... esto es lo último... j0as j0as j0as

fantalimon

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S.O.S minoristarios de Abengoa
« Respuesta #59 en: 13 de Septiembre del 2018 a las 10:31:52 »
Cita de: JOSECARRERA;420597
http://uma.com.es/como-votar-en-la-junta-general-extraordinaria-de-abengoa/

Consejo Administración supuestamente quiere q baje de 0,01 Abengoa,pq el Santander presuntamente quiere vender todas las acciones que robó al Banco Popular, a otra gente y a estos precios no lo consigue.Presuntamente han robado todo lo bueno desde dentro.


El Santander no ha "robado" nada como dices, se adjudicó un banco y nos guste más o menos, mediante un proceso pautado.