Autor Tema: Plazo de la CNMV y acciones que no cotizan  (Leído 1543 veces)

bull33

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Plazo de la CNMV y acciones que no cotizan
« en: 25 de Mayo del 2016 a las 11:42:15 »
Hola buenos días a tod@s.
Puede ser pregunta de pardillo, pero como desconozco el tema, el sitio idóneo para preguntar es este.
En Octubre del año pasado dejaron de cotizar las INDO, y yo palmando,(por no poner stop). He ido al banco y tras exponer al director este tema, contacta vía intranet con los responsables y le contestan que todavía la CNMV no la han desvinculado, es cierto que no cotiza, pero no puedo solicitar voluntariamente todavía su cese, con lo cual seguiré abonando gastos de custodia.
De ahí mi pregunta, ¿que plazo tiene la CNMV para dar de baja completamente dichas acciones?.
Gracias de antemano.

Rafa

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Plazo de la CNMV y acciones que no cotizan
« Respuesta #1 en: 25 de Mayo del 2016 a las 13:07:35 »
Si ya están excluidas desde el 29/10/2015, no te tendrían que cobrar custodia.

Para solicitar la renuncia a las acciones y aflorar las perdidas tienen que pasar 4 años desde el último asiento registral. O hacer una venta entre particulares, mediante acta notarial

bull33

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Plazo de la CNMV y acciones que no cotizan
« Respuesta #2 en: 25 de Mayo del 2016 a las 13:21:17 »
Gracias Rafa.
Si, hacer la venta mediante documento privado me lo comento el director del banco, pero es absurdo vender algo que no vale nada.
En teoría no tendrían que cobrar custodia pero si la cobran.
Total, que hasta octubre de 2019 no puedo desvincularme.
De nuevo gracias.

Rafa

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Plazo de la CNMV y acciones que no cotizan
« Respuesta #3 en: 25 de Mayo del 2016 a las 14:28:59 »
Te equivocas, una cosa es cuando fueron excluidas de cotización y otra muy diferente cuando acontece el último asiento registral. Durante el periodo de liquidación se van sucediendo los mismos en función de como se liquiden los activos y de más.

La venta será absurda, pero es la solución más rápida para aflorar las perdidas. Coges un amigo o familiar y se las endosas por 0,01 €, como están excluidas para él no supone ningún gasto futuro y si enmarca el documento de la compra te lo puede regalar en tu cumple como recordatorio de que en la bolsa y a largo plazo nunca se pierde ;-DD

Evidentemente solo tiene sentido si tienes plusvalías para compensar superiores al coste del notario.