Dividendo telefonica

Iniciado por nahia, 23 de Noviembre del 2015 a las 13:58:14

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nahia

Que sale mejor vender los derechos a través del broker tu personalmente o dar orden al banco para q los venda. igual es lo mismo pero tengo duda.


LeeCT

Si se los vendes a Timofónica pasas por caja con Hacienda, si los vendes en el mercado es ganancia neta (menos la comisión del banco por la operación). Es mejor vender a mercado.

nahia

Gracias a los dos, me ha quedado claro.

milagros

No lo tengo yo tan claro, si se venden a mercado también hay que declararlo a Hacienda como ganancia.  En algún sitio aún hay exención de tributar por los primeros 1200 euros de dividendo

Josechu

Cita de: milagros;301319No lo tengo yo tan claro, si se venden a mercado también hay que declararlo a Hacienda como ganancia.  En algún sitio aún hay exención de tributar por los primeros 1200 euros de dividendo

No tienes que declarar nada hasta que vendas las acciones de telefónica y al hacerlo, al precio de venta le sumas los 0,35€. Por eso al vender ahora los derechos lo recibes íntegro y las plusvalías ó minusvalías cuando vendas las acciones de TEF

milagros

Pero al final tienes que declarar la plusvalía, sí o sí, y pasado un tiempo te encuentras con un lío fenomenal a la hora de hacer la Declaración de la Renta. Pero cada uno tiene que calcular sus pros y sus contras

milagros

Además, si vendes los derechos a mercado, ya no suscribes las acciones y tendrás que declarar la plusvalía igual.
Creo que la pregunta iba por ahí

LeeCT

Puede elegir entre:
  • Recibir nuevas acciones (no sujeto a retención fiscal): a partir del 02-12-2015, sin que usted tenga que hacer nada, se le asignarán de forma automática y gratuita las nuevas acciones que le correspondan, con la proporción 1 acción/es por cada 34 derecho/s.
  • Recibir efectivo vendiendo sus derechos a TELEFONICA S.A. (con retención fiscal): debe comunicárnoslo antes de las 17:30 horas del 26-11-2015 a través nuestra web.
  • Recibir efectivo vendiendo sus derechos en el mercado (no sujeto a retención fiscal): podrá vender sus derechos en el mercado hasta antes de las 17:30 horas del 02-12-2015.

Josechu

Cita de: milagros;301379Además, si vendes los derechos a mercado, ya no suscribes las acciones y tendrás que declarar la plusvalía igual.
Creo que la pregunta iba por ahí
Funciona así: Hoy vendes los derechos a 0,34€ y te embolsas el dinero íntegro menos la comisión del broker. En el IRPF, si no vendes acciones en los derechos no tienes que poner la contrapartida de compra. Sólo cuando vendas las acciones y dependiendo del precio  al que lo vendas tendrás plusvalías ó  minusvalías.
Si compraste acciones de TEF a 12 y las vendes dentro de un año a 14 tendrás que restar los 0,34€ a 12 por lo tanto la compra efectiva sería a 11'66€. Es así de sencillo.

Si dentro de 5 años TEF está a 8€ no vas tener ninguna plusvalía.

milagros

¿Quieres decir que si vendo los derechos en el mercado no tengo que declarar lo que he cobrado hasta que venda las acciones que los han generado? me parece un poco complicado porque yo no sé cuándo voy a vender las acciones y tengo cosas más importantes en la cabeza como para tener que controlar esto

Josechu

Cita de: milagros;301495¿Quieres decir que si vendo los derechos en el mercado no tengo que declarar lo que he cobrado hasta que venda las acciones que los han generado? me parece un poco complicado porque yo no sé cuándo voy a vender las acciones y tengo cosas más importantes en la cabeza como para tener que controlar esto

Así es Milagros. Cuando las vendas calculas el importe total de los derechos que has cobrado en los años que llevas con las acciones, si son 0,85 ó  1,20€ y ese importe se lo restas al precio de adquisición y sera entonces cuando tributarás por los derechos. De hecho el derecho se descuenta del precio de la acción en el momento que los derechos salen a cotización.