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Invertí en bitcoin en 2017, ¿tengo que declararlo? ¿Cómo lo hago?
Criptomonedas09.02.2018 10:22
 
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Investing.com – 2017 fue el año de la eclosión de las criptomonedas: el bitcoin, la pionera, llegó a multiplicar su valor por 19 y nacieron o despuntaron otras como el bitcoin cash, el ethereum y el ripple.

Muchos se han sumado a la fiebre por las monedas digitales, pero una vez que el ejercicio ha cerrado y se acerca la declaración de la renta, pueden surgir dudas sobre si hay que presentar estas inversiones y cómo hacerlo.

Como sector emergente, la legislación española aún no regula de forma específica el mercado de las criptodivisas, aunque la Agencia Tributaria se ha puesto manos a la obra y el Plan de Control Tributario 2018 ya incluye el estudio de la incidencia fiscal de estas monedas virtuales.

Entre tanto, los especialistas señalan que hay que decidir dónde encuadrarlas en la normativa general. Aquí detallamos cuatro puntos a tener en cuenta por los inversores que, como personas físicas, han entrado en este activo en busca de plusvalías:

1. La obligación de declarar.

Pese a que el inversor, por rendimientos del trabajo, no tenga obligación de presentar la declaración, tendrá que hacerlo si ha transmitido bitcoins u otras criptodivisas en 2017 y sus ganancias patrimoniales superan los 1.000 euros, tal y como recuerdan los especialistas en fiscalidad Seiko Asesores.

2. Tributación de las ganancias patrimoniales.

Las ganancias patrimoniales tributan en 2017 al 19% por los primeros 6.000 euros de beneficios, al 21% por los 44.000 euros siguientes y al 23% por el resto (a partir de los 50.000 euros).

Lo que puede no ser fácil es determinar la ganancia patrimonial del año, ya que, según los expertos, los exchangers no ofrecen la información de forma sencilla.

3. Permuta entre criptodivisas.

Existe cierta controversia cuando en lugar de vender la divisa digital a cambio de dinero fíat se permuta por otra criptomoneda. Desde Seiko Asesores sostienen que también habría que declarar estas operaciones como ganancia o pérdida patrimonial, dado que la ley define este concepto como una alteración bien en la composición o bien en el valor del patrimonio.

4. Bitcoin Cash.

A los inversores que recibieron el pasado verano bitcoins cash por sus bitcoins después de la bifurcación, Seiko Asesores también aconseja declararlos como ganancia patrimonial, puesto que se produce una alteración en el patrimonio a través de una incorporación automática de activos. La ganancia será la diferencia entre el patrimonio previo y el posterior al 'hard fork'.


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